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Cementerio Local
ADMINISTRACION
07:00 a 13:00 horas
Tel. 3455-030606
Email: cementeriomunicipal@gmail.com
CEMENTERIO (Impositiva 2025)
ARTICULO 11°) Conforme a lo establecido en el Artículo 44 del Código Tributario Municipal - Parte Especial, se fijan los siguientes derechos:
- Inhumación $ 20.000
- Traslados de restos dentro del Cementerio $ 30.000
- Introducción o salida de cadáveres o restos de otras localidades $ 30.000
- Derechos de Construcción y/o colocación de placas o similares, en fosa $ 5.400
- Derechos de Construcción y/o colocación de placas o similares, en nichos y panteones $ 9.000
ARTICULO 12°) Por arrendamiento o renovación de arrendamientos de Nichos Municipales y Terrenos para Sepulturas, se cobrará de acuerdo a la siguiente clasificación: ARTICULO 12°) Por arrendamiento o renovación de arrendamientos de Nichos Municipales y Terrenos para Sepulturas, se cobrará de acuerdo a la siguiente clasificación:
a) Por Arrendamiento de Nichos por año:
- Por ubicación en la Seguda y Tercera hilera $22.500
- Por ubicación en la Primera y Cuarta hilera $15.500
b) Por Arrendamiento de Nichos a CINCO (5) años
- Por ubicación en la Segunda y Tercera hilera$ 125.000
- Por ubicación en la Primera y Cuarta hilera $88.500
c) Por Arrendamiento de Nichos a DIEZ (10) años:
-Por ubicación en la Segunda y Tercera hilera $250.000
-Por ubicación en la Primera y Cuarta hilera $ 165.000
d) Por Arrendamiento de Terrenos para sepulturas:
- Por terreno (superficie de 2 mts 2), por año $ 9.800
- Por terreno (superficie de 2 mts.2), por 5 años $ 54.000
- Por terreno (superficie de 2 mts.2), por 10 años $110.000
e) Arrendamientos panteones, por año $135.000
Renovación 30 días antes del vencimiento, s/Ord. 26/22, art 35°.
Forma de Pago: Los arrendamientos y renovaciones pagados de las siguientes formas damientos de Nichos y Terrenos para Sepulturas podrán ser:
1. Al Contado
2. Financiado
2.1. Plazo: hasta CUATRO (4) cuotas Mensuales y Consecutivas.
2.2. Interés de financiación: sobre saldos, equivalente al 2% mensual.
2.3. Vencimiento: del 01 al 10 de cada mes, a mes vencido.
2.4. Entrega Inicial: al formalizar el Plan de Financiación, se debe abonar el VEINTE POR CIENTO (20%) del total.
2.5. La mora en el pago de las cuotas producirá interés establecido para las obligaciones Tributarias y disposiciones de Art. 27, inc d)
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